El Comité Científico del Comité de Flora y Fauna del Ministerio de Transición Ecológica recomendó el pasado año, por unanimidad, la incorporación de todos los lobos de España en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. La Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, órgano participativo en materia de biodiversidad en el que están representadas la Administración general del Estado y las Comunidades Autónomas, aprobó el pasado 4 de febrero ese dictamen.
La recomendación del Comité Científico, junto al dictamen de la Comisión Estatal encargada de tramitar el Listado, ponen de manifiesto la necesidad de buscar un nuevo marco de relación con la especie. La gestión desarrollada hasta ahora no ha solucionado los conflictos derivados de la presencia de la especie, ni garantiza su conservación.
Las 46 entidades firmantes de este comunicado, hacemos un llamamiento a todas las administraciones implicadas, a los sindicatos ganaderos y a la sociedad en general, a aprovechar la oportunidad que nos brinda el nuevo escenario que se abre.
– La resolución de los conflictos ocasionados por la presencia de la especie en el territorio no puede basarse en la muerte de lobos. La incorporación de la especie al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial hace necesario, como marca la ley, regular los procedimientos administrativos mediante los cuales, de manera pública, motivada y bajo especificaciones y circunstancias concretas se puede permitir, en su caso, la captura o muerte de ejemplares. En este nuevo escenario no cabe una gestión cinegética o sistema de “cupos” que suponga la muerte indiscriminada de ejemplares, independientemente de circunstancias que lo motiven y justifiquen en cada caso.
– La gestión de los daños que el lobo ocasiona sobre la cabaña ganadera debe basarse en que las explotaciones puedan dotarse de los medios y técnicas que les permitan adaptarse a la presencia de lobos en su territorio. La ayuda por parte de la administración a la adquisición de mastines, cercados de recogida y guarda, adopción de nuevas tecnologías de seguimiento del ganado, contratación de pastores etc. debe ser la piedra angular en la gestión de los daños que ocasiones la especie. La adopción de estas medidas y su eficacia puede depender de diferentes cabañas ganaderas, los cambios que están sufriendo las explotaciones y las condiciones geográficas concretas, por lo que es necesario realizar un esfuerzo social en investigación, recursos materiales y humanos.
– Aunque la adopción de medidas preventivas y de manejo de ganado adecuadas puede reducir significativamente los ataques de los lobos, es necesario componer un nuevo sistema de compensación de daños. El procedimiento actual no es capaz de evitar usos fraudulentos y hacer una adecuada evaluación del perjuicio ocasionado en caso de ataque de los lobos a una explotación. Así, los animales desaparecidos, abortos y pérdidas de producción, las necesarias cadencias en la reposición de animales, etc. no pueden ser contabilizados en el actual procedimiento de compensación. Aunque desde el punto macroeconómico los daños provocados por la especie, aun considerando las carencias señaladas, no son relevantes y pueden ser asumidas por el conjunto de la sociedad, pueden ser muy notables y críticos para explotaciones particulares.
En definitiva, la inclusión del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial abre un nuevo escenario que puede permitir una mejor y más adecuada conservación de la especie, y una gestión de los conflictos con la ganadería de carácter más preventivo y justo. Todo ello debería plasmarse en un primer paso en la elaboración de una nueva Estrategia de Gestión y Conservación del Lobo que implique a todas las administraciones, incluyendo al Ministerio y Comisión Europea, y movilice los recursos económicos y humanos necesarios para su desarrollo.
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